ANGORAS TURCOS DE MIRAVAL

CONTRATO DE VENTA
                CFA registered cattery 204754                 

De Miraval


E-mail: demiravalcats@yahoo.es
URL:
http://www.angorasturcos.es/

 

 

 

 

 

CRIADOR

PROPIETARIO(s)

El propietario del gato, Dª ..................., con criadero registrado en CFA nº  204754, accede a la cesión de                  

 (foto del gatito)

DE MIRAVAL  

como gato de compañía-----  o de  exposición ..........(señálese lo que proceda)

Registro CFA número:
Sexo:
Raza: Angora Turco (TUA)
Color:    
Código:
Fecha de nacimiento:                         200....
Desparasitaciones      fecha
Vacunaciones: Trivalente fecha

Entregado:
Cartilla de vacunación
Green slip (registro) CFA firmado (transferencia propietario)
El presente contrato, firmado por ambas partes
 

 

COMPROMISOS DEL CRIADOR 

1.- El gatito se entrega perfectamente sano, desparasitado y vacunado de Trivalente, como se comprueba en su cartilla de vacunación, y así lo hace constar su veterinaria. Garantía sanitaria de 15 días, mínimo.

Se recomienda al nuevo propietario
no vacunar nunca de Leucemia Felina al gatito, salvo que fuese a entrar en contacto con otro gato que perteneciera a un grupo de riesgo, y aún así nunca antes de los 6-7 meses.

SE PROHIBE TERMINANTEMENTE VACUNAR DE PIF. Por favor, antes de dejarte convencer por un veterinario fraudulento, consulta con nosotros. Esa vacuna no es efectiva y entraña ciertos riesgos. Del mismo modo, por el bien del gato y por el tuyo propio, te agradeceríamos que nos consultases SIEMPRE antes de llevar a cabo cualquier tratamiento veterinario o cirugía, que quizá sea innecesario e incluso, a la larga, contraproducente para el gatito. Nuestro teléfono siempre está disponible para cualquier tipo de consulta y/o consejo: 622 0032 27.

2.- Si el gatito se entrega como CALIDAD EXPOSICIÓN, el gatito no presenta defecto físico evidente que lo excluya de concurso ó cría y muestra calidad suficiente para concursar conforme al standard de su raza. No obstante, no puede garantizarse su éxito en todas las exposiciones, por estar en juego muchas variables (buena condición del pelo, preparación, competencia, gusto personal del juez, etc.). Un gato de exposición puede dedicarse a la reproducción, entendiendo que sólo está permitido el cruce con Angoras Turcos puros.
A tal efecto,
se exigirá siempre al comprador de un gatito de exposición/cría la tramitación del AFIJO DE CRIADOR en CFA o en ASFE (FIFe España).

Si se entrega como CALIDAD COMPAÑÍA, se considera que el gatito no muestra calidad suficiente para concursar conforme al standard de su raza.  Lo cual no quiere decir que tenga defecto físico alguno (salvo que conste por escrito en el presente contrato) o que carezca de pedigrí, vacunas, etc. Un gato de compañía no puede ser un gato reproductor, y en su registro CFA constará como ‘Not for breeding’.

3.- El registro (green slip) será entregado al nuevo responsable del gato, quien deberá realizar una transferencia de propietario en  The Cat Fancier´s Association [CFA]
, Dicho cambio de propietario (por importe de 8 $)  así como la solicitud del pedigrí elegido de 3, 4, 5 ó 6 generaciones (unos 30 $) deberá correr por cuenta del adoptante, conforme a la normativa CFA, ya que el criador sólo puede solicitar el pedigrí para los gatos que va a quedarse y que estarán registrados a su nombre; cualquier cambio de propiedad implica emitir un nuevo pedigrí.
http://www.cfainc.org/registration-rules.html
http://www.cfainc.org/pricelist.html

INFORMACIÓN GENERAL-CUIDADOS DEL GATITO:

http://www.angorasturcos.es/gatos.htm

 

COMPROMISOS DEL NUEVO PROPIETARIO 

1.- El comprador se compromete a dar al gato todo el amor, atenciones y compañía, le mantendrá dentro de casa ó en jardín bien asegurado (con imposibilidad de escapar o de que otros gatos puedan entrar) y con una alimentación de gama alta.
LAS VENTANAS DE LA CASA ESTARÁN PROTEGIDAS CON REJILLA METÁLICA O PLÁSTICA, para evitar caídas que podrían tener fatales consecuencias. A tal efecto, el criador siempre podrá realizar una visita en la nueva casa del gatito en las primeras semanas siguientes a su marcha, así como para comprobar las medidas de seguridad, y, caso de no ser suficientes, devolverá el 80% del importe recibido y recuperará al gatito, quien pasará a ser nuevamente de su propiedad.

2.-
Se considerará como grave incumplimiento de contrato mantenerlo enjaulado o encerrado y someterlo a la desungulación (extracción de las uñas). El comprador también acuerda cuidar regularmente de la completa higiene personal requerida por su gato, así como mantenerlo al corriente de sus vacunaciones y ofrecerle atención sanitaria con urgencia en caso de ser necesario.

3.- Estando el gatito sano, libre de parásitos internos o externos y sin mostrar problemas de conducta,
si su nuevo propietario decidiese devolverlo por causas tales como: rechazo por parte de otros animales, niños o cualquier persona que conviva con él en su casa; cambio inesperado de residencia; problemas con el vecindario o el arrendador de su domicilio; negligencia o irresponsabilidad por su parte para atender al animalito, etc, es decir, por cualquier causa ajena al propio gatito, el comprador no tendrá derecho a la devolución del importe pagado. Adquirir una mascota nunca debe de ser un capricho, sino una decisión tomada con tiempo y responsabilidad, a todos los efectos.
PAREJAS: se exige la firma de ambos, para evitar rechazos posteriores a la compra del gatito.

4.-El nuevo propietario se compromete a mantener informado puntualmente al criador sobre el estado del gatito, facilitándole teléfonos de contacto y direcciones de correo en las que pueda ser contactado si se mudara, e incluso permitiéndole visitar al gatito en alguna ocasión en su nuevo domicilio, previo acuerdo de ambas partes.

5.- Si en el futuro las circunstancias obligaran a D/Dª.......... a desprenderse del gato mencionado, entonces de inmediato deberá ponerlo en conocimiento del criador, dándole opción para ocuparse del gato, que pasará así  nuevamente a ser de su propiedad .
Bajo ninguna circunstancia el/la gato/a referido puede ser colocado/a con otra persona sin el consentimiento expreso y por escrito de su criadora. EN NINGÚN CASO Y POR NINGUNA CAUSA SE LIBRARÁ DEL GATO ENTREGÁNDOLO EN UNA PROTECTORA, REFUGIO, ETC. También está terminante prohibido revender un gato DE MIRAVAL en el criadero EL CORDÓN DE ORO (Córdoba) o en cualquier tienda o centro de experimentación con animales.

Por ello, si a Dª C............... no se le facilitase información sobre dicho gatito,  DE MIRAVAL, durante un lapso de tiempo superior a 6 meses, podrá denunciarlo en el organismo competente y, caso de demostrarse negligencia o dolo por parte del comprador, reventa fraudulenta en tiendas, criaderos o centros de experimentación con animales, reclamaría de nuevo el pedigrí del gato y su custodia, además de emprender las acciones legales pertinentes.

El comprador D.............. certifica haber leído y entendido todos y cada uno de los puntos del presente contrato, acordando con su firma hacerlo valer sin incidentes y que si alguna de las condiciones de cualquiera de los apartados del presente contrato fuera incumplida, entonces, el criador, Dª C..................., podría ejercer la opción de reclamar el gato/a y todos los registros y Pedigrí sin demora, reservándose la posibilidad de ejercer acciones legales en el caso de probarse la negligencia o incompetencia del nuevo propietario, malos tratos o cualquier crueldad infligida al gato ....... DE MIRAVAL. 


En Madrid, a     de     de 200...

 

 

 

 FIRMADO:
 
EL CRIADOR/ PROPIETARIO                 EL COMPRADOR Y SU PAREJA  

 

[Se ruega que ambas partes firmen TODAS las páginas del presente contrato]                  

 

11/07/2009 17:53